Marzo: Tiempo de presentar declaración anual para personas morales

De Donmesero

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Por: L.C.F.M.I. Fernando Lechuga Diaz, Miembro de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales

“Hoy en día, se necesita máinteligencia y esfuerzo para entender una forma de pago de impuestos, que lo que se necesita para crear el ingreso”Alfred E Neuman.

Marzo de este 2023 es el límite para presentar la declaración anual de personas morales por el ejercicio de 2022. Con el vencimiento de esta obligación no solo es necesario recabar la información con la que se llenará la declaración a presentar, sino también previamente habrá que revisar cautelosamente todas las operaciones del ejercicio a declarar, depurar a conciencia la información financiera de donde emana, así como los cálculos fiscales correspondientes. Resulta útil entonces manera mencionar los cambios mas importantes que sufre la declaración para este 2023.

Antes de comenzar el llenado de la declaración es recomendable realizar un breve análisis de lo que en este ejercicio cambia en la declaración. Comencemos por un dato nuevo en la parte fiscal de la declaración: los ingresos exentos o no acumulables que pudo tener la persona moral (PM)En este apartado se tendrá que detallar si la PM obtuvo ingresos no acumulables o exentos, y en caso de no haber obtenido este tipo de ingresos así manifestarlo en la declaración. Es importante mencionar que la omisión de no declarar ciertos ingresos de esta naturaleza puede tener implicaciones fiscales relevantes, por ejemplo, la obligación del Artículo 76 Fracción XVI de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) para personas morales y su correlación con el Artículo 17 Fracción XI de la precitada legislación.

Respondiendo a un requerimiento más amplio de información por parte de la Autoridad se requiere información histórica comparativa. En esta nueva declaración srequiere presentar comparativamente las cifras del ejercicio actual con respecto a las manifestadas en la declaración anual del ejercicio inmediato anterior. El comparar los estados financieros permite obtener conclusiones con respecto a la rentabilidad y el desempeño financiero de la empresa. De la misma manera los comparativos ayudan a ver claramente la evolución de la empresa, determinar tendencias, e incluso errores contables.

Incorporar notas a los estados financieros es otra de las novedades de la declaración anual para personas morales de este ejercicio de 2022. Tomando en cuenta que ahora se revela más información en la declaración anual es solamente natural que la Autoridad permita que los contribuyentes utilicen las notas a los estados financiero para realizar aclaraciones pertinentes al comportamiento de las cuentas contables. En las notas a los estados financieros se pueden revelar los asuntos que dan origen a desviaciones en las Normas de Información Financiera e incluso presentar una justificación a dichos eventos. No se puede hacer suficiente énfasis en lo útil de las notas como herramienta de dar mayor información a lo que revelan los estados financieros.

Basado en el requerimiento de incorporar más información a la declaración anual de las personas morales se incrementa el detalle de las cuentas con que se integran los estados financieros. Por ejemplo, se puede apreciar que se incluyen más conceptos en el apartado de la conciliación contablefiscal eliminando de la plataforma del SAT vigente al día de hoy, el rubro denominado “Otros” en cada uno de los bloques de este apartado.

El que se considera como el más importante cambio a la declaración anual de personas morales sin duda es la incorporación de dos estados financieros básicosel estado de cambios en el capital contable y el estado de flujo de efectivo. El estado de flujo de efectivo es el estado financiero que muestra las operaciones de efectivo de una empresa con el fin de conocer el origen y destino del recurso. El estado de variaciones en el capital contable muestra los cambios en las inversiones de los accionistas o dueños durante el periodo, así como la aplicación de las utilidades o pérdidas generadas.

La diligencia con que deberá llenarse la declaración anual de personas morales para el ejercicio de 2022 no es cosa menor. Es de suma relevancia mencionar que el cruce de información realiza con los datos presentados es fundamental en la programación de revisiones de toda índole por parte de la Autoridad. Se sugiere identificar y llevar el control mensualmente de la información timbrada en CFDI’s para que se compare con lo enviado tanto en declaraciones anuales, mensuales, retenciones, informativas, etcétera, y así evitar alguna discrepancia con la información que tiene la Autoridad.

Revisados los estados financieros queda establecida entonces la información fundamental para los cálculos fiscales. Resta entonces revisar la información fiscal desde los ingresos acumulables, así como las deducciones autorizadas para determinar la base gravable y el impuesto del ejercicio. Concluidos los cálculos para determinar la base del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio, se deberá entonces preparar la información que el contribuyente debe proporcionar con algunos datos adicionales como la Participación de los Trabajadores en la Utilidades (PTU), la Cuenta de Capital de Aportación (CUCA), la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN) y la obligación de informar los esquemas reportables.

Además de tener la anteriormente comentada información lista y revisada, también se deberá de estar preparado para contestar las siguientes preguntas:

  • “¿Estás obligado a dictaminar estados financieros en términos del 32-A del CFF?”
  • En su caso: “¿Optas por dictaminar tus estados financieros en términos del 32-A del CFF?”
  • En su caso: a “¿Estás obligado a presentar la información sobre tu situación fiscal, de acuerdo al artículo 32-H del CFF?”

Mientras es importante recopilar, revisar y tener lista la información para el llenado de la declaración anual, también es importante mencionar que alguna de la información de la declaración ya se encontrará prellenada con la información timbrada en el pasado. Ya sea proveniente de los CFDI’s timbrados, como es el caso de las nóminas, o proveniente de los pagos provisionales, como son los ingresos; es sumamente importante considerar que si esta información se debe modificar tendrá que pasar un tiempo razonable para que el sistema capte dichos cambios.

Otro elemento que es sumamente importante tener listo y revisar, previo al envío de la declaración anual, es la vigencia de la Firma Electrónica (FIEL) de la empresaA un pasado relativamente corto las declaraciones, principalmente de las personas morales, se vuelve indispensable para el envío de declaraciones la FIEL.

Sin duda es importante considerar que las observaciones y recomendaciones mencionadas en este artículo no son las únicas a considerar en el llenado de la declaración anual de personas morales por 2022, es conveniente tener presente el contenido de los artículos 31 y 32 del Código Fiscal de la Federación y considerar que la información que se entere por parte del contribuyente es vinculante y será sujeta a un escrutinio por parte de la Autoridad.

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