Aguinaldo

De Donmesero

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Por: Juan Ramón Beltrán Urquiza

El Aguinaldo, de un gesto de generosidad a una obligación laboral.

En estas fechas es cuando más atención ponemos a este premio anual que esperamos y que actualmente recibimos con agrado, y que en la actualidad ya se ha convertido en un derecho legalmente establecido en favor de los trabajadores.

Historia del aguinaldo.

Se estima que su origen viene de la antigua Roma, como parte de un obsequio o un pago extraordinario al final del año, tradición que se remontaba de los Celtas y se denominaba “eguinad”, deseando bonanza para el siguiente año.

En Roma se institucionaliza y pasa a ser costumbre que al final del año los buenos deseos se acompañaban de regalos “strenae”, de ahí se deriva la palabra estrenar, que en algunas latitudes de nuestro País se relaciona ese regalo que se hace por vez primera.

Posteriormente el reconocimiento al trabajo realizado, algunos patrones pasaron a hacerlo con frecuencia como premio a tus trabajadores, y que se sigue haciendo en ocasiones de manera voluntaria a aquellas personas que nos llegan a prestar algún servicio.

El aguinaldo en otros países.

Según destaca la revista Expansión en un artículo del seis de diciembre del 2023, algunos países de Latinoamérica donde se paga el aguinaldo son:

  • Argentina – Sueldo anual complementario, que se paga la mitad del año y al fin de año en partes iguales;

  • Bolivia – un Salario completo (checar como se conoce en Bolivia);

  • Brasil – Décimo tercer salario;

  • Colombia – Prima que se paga 50% a medio año y el otro 50% al fin de año;

  • Costa Rica – Sueldo 13;

  • Ecuador – Décimo tercer sueldo;

  • Paraguay – Pago adicional de fin de año;

  • Uruguay – Sueldo anual complementario.

Cada país tiene una forma especial para determinarlo, en algunos países se suman todas las percepciones obtenidas durante el periodo y se obtiene un promedio mensual que constituye el pago del aguinaldo.

Dichos países otorgan un pago promedio de un mes de aguinaldo, y en México es solamente de 15 días.

El aguinaldo en México

En varias legislaturas se ha hecho el intento de incrementar el beneficio del aguinaldo a 30 días, por ejemplo, en 1989 se presentó una iniciativa que tenía la intención de que el aguinaldo tuviera una mecánica similar a las vacaciones, de tal forma que para el primer año de servicio la base del pago del aguinaldo sería de 30 días de salario y se incrementaría un día por cada año de servicio, y la última en agosto de este año 2023 para incrementarlo simplemente a 30 días, la cual se espera seguir discutiendo en el 2024 y con amplias posibilidades de ser aprobada.

En México, la Ley Federal del Trabajo del 1 de abril de 1970 incorpora el derecho al aguinaldo, desde entonces consiste en el pago de 15 días de salario proporcionales a los días laborados en el año de calendario que debe ser pagado a los trabajadores a más tardar el día 20 de diciembre.

Aún y cuando la Ley Federal del Trabajo no especifica la mecánica para el cálculo de la parte proporcional de los días laborados durante un año, por lo que ese año habría de computarse del 20 de diciembre del año anterior, al 19 de diciembre del año en que deba pagarse el aguinaldo y en caso de despido o incapacidad, deberá pagarse proporcionalmente a los días laborados durante el periodo citado.

Ese derecho lo tienen también las personas trabajadoras del hogar, y proporcionalmente aquellas personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera eventual o estacionales y su aguinaldo debe ser pagado al término del ciclo o estación agrícola.

Que hace la gente con su aguinaldo

Según la encuesta que la Online Career Center México, S.A.P.I., (OCC) hecha a más de 3,000 usuarios de su plataforma, los trabajadores en México ya saben hacer con su aguinaldo este año:

  • El 54% pagará sus deudas y empezar 2024 con una situación financiera más sólida;

  • El 26% desea invertir en bienes raíces o duraderos, a sus emprendimientos, en planes de educación o fondos que más adelante les generen rendimientos o ganancias;

  • El 15% lo destinará para cubrir sus gastos familiares y para las celebraciones decembrinas; y

  • El 5% lo ocupará a sus compras personales, repartirlo entre la familia, comprar regalos o para irse de viaje.

Artículo elaborado por Juan Ramón Beltrán Urquiza integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C.

 

 

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