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“Existen tres tipos de mentiras: las mentiras, las malditas mentiras y las estadísticas”. Benjamin Disraeli, primer ministro británico.
En los últimos años la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y su brazo recaudador el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se han estado renovando en materia fiscal. Tal vez esta evolución sea producto de una realización inminente en la era de la información en la que vivimos: adaptarse o morir. Desde la creación de un “ecosistema digital” que emana de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDi), la Autoridad ha está realizando cambios paulatinos que comienzan a alinearse y cobrar forma para tener una fiscalización más eficiente. Resulta imperativo entender el nuevo paradigma de fiscalización que se detona con la emisión de millones de CFDi’s que se timbran diariamente.
La Autoridad ha confeccionado todo un universo con el cual administra la información de los Contribuyentes. Comenzando por la legislación fiscal, en ella se crean las directrices para regular el uso del CFDi y la información básica que éste deberá contener. Son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) los que marcan la pauta sobre la información básica que deben llevar los CFDi’s. Con herramientas como instructivos de llenado, Reglas de Resolución Miscelánea e incluso comunicados de preguntas frecuentes es como la Autoridad pretende indicar al Contribuyente cómo, cuándo y qué información debe depositar en las bases de datos de la Autoridad. Aquí tiene origen el universo de información que se pone a disposición de la Autoridad para la fiscalización.
Continuando con la importante inversión en tecnología y sistemas que la Autoridad ha realizado para el manejo, interpretación y análisis de la información. La legislación preparó el camino para que la Autoridad utilice los sistemas de información y armónicamente sean complementadas con distintas estrategias para una mayor recaudación. Basado en la tecnología el SAT ahora cuenta con información que permita una asignación de recursos más eficiente. Ahora hay toda una maquinaria de vigilancia, y apoyándose en un análisis estadístico, puede ser dirigida a donde tenga un mejor impacto. Esta es la nueva inteligencia fiscal: acciones concretas, informadas y dirigidas.
En el 2020 el SAT hizo pública su estrategia de fiscalización basada en un eje de acción, el ABC institucional le llamó, el cual se concentra en tres objetivos: Aumentar la recaudación, Bajar la evasión y elusión fiscal, y Combatir la corrupción. Dicho eje de acción se apoya en programas que, entre otros, vigilan al Contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (como notificación de obligaciones próximas a vencerse), que supervisaran las caídas recaudatorias (como análisis de comportamientos atípicos en el pago de impuestos) y en la persuasión al Contribuyente (invitaciones a que regularice su situación fiscal basada en información).
La evolución en materia fiscal ha dado resultados alentadores para el Gobierno Federal.
Durante los últimos tres años el costo de recaudación por cada cien Pesos recaudados ha sido menos de cuarenta centavos, digno de reconocimiento para este organismo gubernamental. Aun así, el 2021 ha sido el único año en que esta Administración Federal ha alcanzado la recaudación aprobada por la Ley de Ingresos. Aún resta mucho por mejorar sin olvidar que esta evolución aún se encuentra en una etapa incipiente.
Pero ¿Cuál ha sido en específico el éxito de la nueva inteligencia fiscal? Saber aplicar sus recursos.
El SAT ha logrado diferenciar por medio de la información, que estrategia aplicar a cada Contribuyente. En los Contribuyentes menores, el SAT dedica sus sistemas a vigilar quienes no han cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones sin iniciar facultades formales de requerimientos o acciones más costosas. La Autoridad reconoce que con ciertos Contribuyentes menores el aplicar toda la infraestructura fiscalizadora sería una costosa aplicación para un magro retorno recaudatorio. En esta vigilancia los correos invitación, los mensajes de texto como recordatorios e incluso las tan solicitadas opiniones de cumplimiento, son sus más esenciales herramientas.
Por otro lado, en otro tipo de Contribuyente se aplica el control estadístico aplicado al comportamiento de los Contribuyentes. Aquí se revisa lo que la Autoridad llama comportamientos atípicos e irregulares del Contribuyente, este punto basado en pasadas contribuciones y niveles de ingresos y gastos del Contribuyente. Un ejemplo de esto son las tasas efectivas del SAT, reguladas en el Artículo 33 del CFF; las tasas efectivas indican un punto de referencia sobre los márgenes de utilidad en base al sector económico de cada Contribuyente. Cuando existen estas desviaciones significativas del Contribuyente la Autoridad atentamente invita al Contribuyente a que realice las correcciones pertinentes para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
La determinación incluso de impuestos por recaudar se ha vuelto mucho más sencilla debido al timbrado de CFDi’s. Todas las retenciones a terceros que los Contribuyentes realizan de acuerdo con sus actividades resultan más fáciles de determinar, ejemplos de esto son: retenciones de ISR por salarios, honorarios o arrendamiento, lo timbrado es el que tendría que ser enterado. Múltiples cartas invitación emitidas por la Autoridad se han basado en este tipo de CFDi para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
La Autoridad se prepara todavía más para integrar información tributaria aún más compleja, por ejemplo, la basada en el método de pago. El CFDi se puede emitir como Pago en Parcialidades o Diferido (PPD) para indicar una venta a crédito, o Pago en Una sola Exhibición (PUE) para indicar una venta de contado, y con esto se puede determinar el efecto fiscal en las contribuciones basadas en el flujo de efectivo. La suma de los CFDi’s emitidos con método de pago PUE más los complementos de pago que referencien cobros en ese mismo mes pueden dar como resultado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) trasladado de ese período. Si se realiza esta misma operación para los CFDi’s de los proveedores de un Contribuyente se puede determinar sencillamente su IVA del periodo a favor o pagar.
Se ha logrado implementar de manera gradual y sucinta una nueva inteligencia fiscal basada en el CFDi como detonante. Todas estas innovaciones han sido posibles debido a una infraestructura adecuada donde hoy en día conviven Contribuyentes y Autoridades. Ambos participantes deberán adaptarse rápidamente a estos nuevos sistemas en aras del crecimiento nacional. Las cifras sobresalientes en recaudación que ha tenido esta Administración se encuentran cimentadas en las atinadas acciones de administraciones pasadas, y aún más importante están basadas en la continuidad, una continuidad que el país necesita ver en muchísimos más programas del gobierno federal.
Lo anterior constituye la opinión particular de su autor.
C.P. Fernando Lechuga Díaz.
Miembro de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C.
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