La “Doctrina Messi” de la ignorancia fiscal

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La “Doctrina Messi” de la ignorancia fiscal

Por Ángel Noé De la Rocha Caro

El delantero y astro argentino actualmente del FC PSG, Lionel Messi, se ha hecho un hueco para ser considerado como uno de los mejores futbolistas en la historia, su calidad en el campo de juego le ha permitido romper un sinnúmero de récords y obtener varios títulos, lo que ha dado como resultado que sus fichajes e ingresos por manejo de imagen sean por contratos multimillonarios; sin embargo, ese éxito futbolístico y financiero también le ha traído problemas respecto del cumplimiento de obligaciones fiscales y es precisamente en este rubro que abordaremos la llamada “doctrina Messi” de la ignorancia fiscal.

Efectivamente el jugador del FC Barcelona, tuvo problemas con el fisco y fue acusado hace algún tiempo de los delitos de defraudación en contra de la Hacienda Española, además fue condenado por la Audiencia de Barcelona por haber defraudado $4.1 millones de euros; en esa ocasión en su defensa el jugador manifestó “ignorancia fiscal”, efectivamente Lionel Messi alegó que él se dedicaba a jugar fútbol y que desconocía las decisiones que se tomaban con relación al pago de impuestos de sus ingresos, dando así lugar a lo que se conoció popularmente como “la doctrina Messi” de la ignorancia fiscal.

Como Messi, un “futbolista” a quien solo le interesa el balón, el mundo de los impuestos le fue ajeno; en nuestro País, son muchos y de todos tamaños los empresarios que se dedican a producir, vender y en general a trabajar duro para hacer crecer su negocio, desconociendo cualquier obligación de carácter fiscal, y cuando el Servicio de Administración Tributaria, toca a su puerta, manifiestan en su defensa, al igual que el Crack argentino, una “ignorancia fiscal”

Lo anterior nos lleva a un primer cuestionamiento, la “ignorancia fiscal” ¿exime de responsabilidad? o, dicho de otra manera, el dedicarme solamente a trabajar duro en el crecimiento de mi negocio y no voltear a ver si cumplo o no con mis obligaciones fiscales ¿me exime de responsabilidad tributaria?, la respuesta es NO.

En la legislación mexicana, respecto de esa “ignorancia fiscal” existe un principio jurídico absoluto que dice: “La ignorancia de la ley no te exime de su cumplimiento” ya que es deber de cualquier persona informarse sobre las leyes que le son aplicables, a fin de que pueda dar cumplimiento a sus obligaciones.

Por lo tanto, el Poder Judicial de la Federación ha establecido en múltiples sentencias que el desconocimiento de las leyes, no exime de su cumplimiento, ya que de no ser asi, se mandaría a la ciudadanía el mensaje de que es preferible inhibirse que preocuparse, lo que sin duda generaría impunidad, pues cualquier norma quedaría sujeta a la justificación de la ignorancia por parte del gobernado, ya fuera por negligencia o malicia.

En España, la Audiencia de Barcelona condenó al Crack argentino Lionel Messi como autor de delitos de defraudación a la Hacienda Pública, desestimando la teoría de la “ignorancia fiscal”, al considerar que voluntariamente optó no tener información sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, pues no obstante que intervino en múltiples contratos y obtuvo “cuantiosos ingresos”, en sus declaraciones de Impuesto sobre la Renta, declaró saldo a favor.

Lo mismo sucedería en México, donde, como se ha abordado “la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento”, luego entonces, aquél empresario que descuida el cumplimiento de las obligaciones fiscales, está condenado a sufrir las consecuencias cuando el Servicio de Administración Tributaria toque a su puerta, sin que pueda alegar a su favor “ignorancia fiscal”.

Es por ello la importancia y trascendencia de contratar con los servicios de un profesional en la materia, que se asegure a cabalidad del correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales, incluso con competencias y habilidades sobre procedimientos legales vigentes, para qué, además de ayudar en temas financieros en materia tributaria, también tenga capacidad de brindar asesoría legal.

Sin embargo, hay que tomar en cuenta el hecho de que, contratar a un profesional que se encargue del cumplimiento de las obligaciones fiscales del cliente, no exime de responsabilidad al contribuyente, pues es éste quien al final de cuentas tendrá que enfrentar las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones fiscales, salvo casos muy excepcionales que abordaré en otra ocasión.

De lo anterior deriva la importancia de no solamente contratar a un verdadero profesional de la materia que asesore debidamente al contribuyente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino además, no dejarse engañar por “los servicios milagro” de no pago de impuestos o de “compra de facturas” pues con frecuencia llegan “supuestos profesionales” que buscan beneficiarse, más que beneficiar al contribuyente, quien sufrirá en última instancia, las consecuencias del incumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Traje a colación el ejemplo del jugador argentino, por ser un personaje conocido internacionalmente; sin embargo, esto pasa en nuestro País con más frecuencia de lo que imaginamos, donde por ignorancia o por la inadecuada “asesoría”, empresarios utilizan estructuras “mágicas” o fraudulentas para evitar el pago del impuesto y después de ello tienen que afrontar los créditos fiscales determinados por las revisiones del Servicio de Administración Tributaria, sin que puedan argumentar a su favor “ignorancia fiscal”.

La Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, de la cual tengo el honor de presidir, agrupa a profesionales de carreras y especialidades afines con la materia tributaria, tales como Contadores, Abogados, Notarios y Funcionarios Públicos, quienes se han visto ocupados en no solamente prestar sus servicios a clientes, empresarios y contribuyentes, que así lo solicitan, sino además en compartir sus conocimientos y opinión a través de la publicación de artículos en el ámbito tributario, promoviendo la cultura del cumplimiento de las obligaciones fiscales, y también, criticando aquellas disposiciones que se consideren violatorias o excesivas, procurando con ello informar para evitar lo más posible “la ignorancia fiscal”.

Este artículo fue preparado por el MI. y Lic. Ángel Noé De la Rocha Caro, Presidente de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A.C., “Refleja su opinión.”

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